CIUDADANÍA Y PARTIDOS POLÍTICOS
Alfredo Bielma Villanueva

05/Noviembre/2006

El presidente López Mateos creó la figura de diputados de partido, allá por 1963, que se mantuvo hasta la Reforma Política de 1977, impulsada por José López Portillo y Jesús Reyes Heroles, ambos personajes muy familiarizados en el campo de las ciencias políticas y sociales, por lo que conocían a la perfección la Teoría del Estado, los orígenes de este y sus transformaciones a través del tiempo y las circunstancias. Sabían lo que hacían pero, claro, si todo se hubiera limitado a la teoría seguramente la Reforma hubiera resultado impecable, pero se trataba del Estado Mexicano al que se le tenía que adornar para sobrevivir. Como lo dijera un inteligente amigo “reformar, para no cambiar”.

En efecto, aquella reforma electoral tan innovadora de su tiempo, se circunscribió a la integración de las cámaras legisladoras a través del principio de representación proporcional y a reconocer constitucionalmente la existencia de los partidos políticos, creando las condiciones para fortalecerlos y ampliar su participación en un contexto en el que imperaba un solo partido y, para acabarla, el partido de oposición tradicional, el PAN, se debatía en una crisis tan seria que le impidió lanzar candidato presidencial en 1976. Con la aplicación del principio de representación proporcional, se buscaba alcanzar una pluralidad que favoreciera la participación de todas las corrientes ideológicas de nuestro país, lo que conllevaba la idea de sacar de la clandestinidad al Partido Comunista y que la izquierda mexicana se manifestara por los conductos institucionales creados por el gobierno. Con el establecimiento de condiciones que estimularan la creación de partidos políticos, se reconoció también personalidad a las asociaciones políticas, ampliando así el margen de participación ciudadana a través de estas estructuras que por muchos años se habían inhibido ante la presencia de un Partido Hegemónico.

Pero, con todo su indiscutible valor, aquella reforma se quedó corta pues no trascendió hacia los municipios, ámbito que es el laboratorio de todo experimento democrático, sino que se circunscribió en el espacio, aunque plural puramente legislativo, conservando intactos los órganos que organizaban las elecciones, ad hoc para el gobierno; el Secretario de Gobernación seguía presidiendo la Comisión Federal Electoral y empleados suyos manejaban el Registro Nacional de Electores. De igual manera, aunque con representantes de los partidos registrados, la Cámara de Diputados se erigía en Colegio Electoral para calificar a sus nuevos miembros y esto, combinado con la supremacía priísta, daba al gobierno un amplio control sobre los resultados electorales.

En estos términos ¿Qué proceso comicial pudiera ser transparente y confiable? Afortunadamente las exigencias ciudadanas, que en el transcurso del desarrollo económico y político del país se sucedieron, hicieron posible los cambios a la legislación electoral. Fue así como se aprobó el Código Federal de Instituciones y Procedimiento Electoral (COFIPE) que dio origen al Instituto Federal Electoral, sobre el que recayó la responsabilidad de organizar las elecciones; además, se crearon el Servicio Profesional Electoral y el Tribunal Federal Electoral; se instituyó la insaculación para designar a integrantes de las casillas; se estableció el financiamiento a los partidos y se mantuvo la exclusividad de estos para postular candidatos.

Reformas subsiguientes desaparecieron la auto calificación de las elecciones y se ha permitido el acceso a las listas nominales de electores; se modificó la estructura original del IFE proponiendo su ciudadanización, sustituyendo (1994) a los Consejeros Magistrados por los Consejeros Ciudadanos; eliminando la figura del representante del Poder Ejecutivo para instalar el de Consejero Presidente (1996); cambiando también la afiliación colectiva por la incorporación individual a los partidos políticos. Significativos avances, no cabe duda; pero al prevalecer el monopolio de los partidos políticos para postular a los candidatos a cargos de elección popular, se quebranta el derecho ciudadano a ser votado, pues lo supedita de manera absoluta a la voluntad de quienes dirigen las organizaciones partidistas.En los tiempos que corren los partidos políticos se han convertido en receptáculos de indiscriminada afiliación, incorporando a su membresía a nuevos militantes sin tomar en cuenta la identificación ideológica que debe ser el vínculo de comunión partidista, y que con ello anula su declaración de principios; a esto agréguese el transfuguismo político que es práctica añeja y cotidiana, incrementada sustancialmente en cada proceso electoral, y se explicará el porqué los partidos han perdido su capacidad de convocatoria al interior de la sociedad, la que desconfía de esas organizaciones por igual. En estas circunstancias, el ciudadano interesado en participar como candidato, al no identificarse con sigla política o tendencia ideológica determinada, se queda en la indefensión más absoluta.

De la misma manera en que hay una Ley que protege el derecho de asociación política y la afiliación libre e individual a los partidos, debe salvaguardarse también el derecho del individuo a manifestarse como candidato por la vía independiente. Si el aspirante es rechazado por un partido político en su empeño de presentarse ante sus conciudadanos como una opción elegible, no se le debe coartar su libertad al impedirle presentarse como un candidato “no registrado”. La Suprema Corte de Justicia validó esta figura en el Estado de Yucatán; cumplió de esta manera con un mandato que la realidad impone como constituyente permanente, pues la realidad legisla.

En el Estado de Veracruz podemos encontrar antecedentes autorizados que dan constancia de que la realidad se impone a la legalidad cuando esta es obsoleta y se hace imperativo apartarla en la negociación política. Por ejemplo, en 1985 en San Pedro Soteapan, municipio popoluca de la Sierra del mismo nombre, apoyados por la Coordinadora de Pueblos Indígenas, un grupo de ciudadanos integraron la organización denominada “Circulo Blanco” para participar en los comicios municipales de aquel año. El candidato de la organización independiente obtuvo 1,847 votos contra 477 del PRI. En apego a lo dispuesto por el artículo 41 Constitucional y la reglamentaria correspondiente, la Comisión Estatal Electoral y el Colegio Electoral dieron el triunfo al PRI, pero las fuertes manifestaciones de protesta que la población organizó en defensa de su voluntad determinaron anular la elección, por lo que el gobernador procedió a nombrar un Concejo Municipal encabezado por quien había sido el candidato del “Circulo Blanco”.

En la elección municipal de 2004, en el municipio de “Las Vigas de Ramírez”, el que fuera “candidato no registrado” obtuvo la mayoría de votos y por detalles de carácter legal no se pudo concretar en los hechos aquella victoria, que ahora mismo sería un referente extraordinario para la elección que viene. El 22 de diciembre de 2004, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, por cuatro votos contra tres, votó a favor de reconocerle y respetarle el triunfo al candidato “no registrado”. Solo que altos designios prefirieron resguardar para los partidos el monopolio de la postulación de candidatos y finalmente se decidió por la anulación de los sufragios del aspirante “no registrado”, para darle la alcaldía a quien en prelación le seguía en número de votos. De todas maneras, ya consta entre las resoluciones de aquel Tribunal la posibilidad de que se repita, ahora sí con éxito, la experiencia reseñada.
Un destacado ciudadano veracruzano, entre otros, ha protagonizado candidaturas de esta naturaleza en nuestro Estado; León Ruiz Ponce suma dos candidaturas no registradas para las alcaldías de Córdoba y de la capital veracruzana. Tozudo en su empeño, mas que por ganar, para demostrar la sin razón del monopolio partidista en este renglón, va por la tercera; es pionero en una perseverancia que la ciudadanía debiera registrar, pues señala el hecho de que los partidos han perdido capacidad de convocatoria, confianza ciudadana e identidad ideológica, que los descalifica eventualmente como intérpretes del sentir político de la sociedad y como conductos idóneos para la manifestación de las ideas y para la búsqueda de cargos de elección popular.
Teóricamente, los Partidos Políticos en todo régimen democrático son los mecanismos adecuados para la participación política y para mantener en correcto orden esa actividad; constitucionalmente están habilitados para esa función, pero sucede que en la realidad mexicana se han convertido en simples instrumentos de grupos de poder que practican la política privilegiando la ambición por conseguirlo, en detrimento de su uso para beneficio colectivo. Entonces es moralmente válido que los ciudadanos busquen alternativas convenientes al interés general y no de los grupos de elite que cupularmente pretenden decidir, sin ostentar representatividad social alguna, el destino de todos. Como se ve, la participación ciudadana es fundamental para realizar el cambio, así lo ha venido demostrando la historia de Veracruz y de México.


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